PORTAFOLIO VIRTUAL

Este Portafolio Virtual pretende dar a conocer los recursos naturales que posee el Peru , pero que no son explotados y que en realidad el mercado internacional lo necesita ya que como materia prima sirve para crear productos o tecnologia mas avanzadas.
Por ello hemos creido analizar a La Libertad en su entorno externo y podemos ver que las exportaciones han ido cada vez superandose y eso se debe a que en nuestra region existen recursos por explotar o perfeccionar para poderlos exportar al mundo.
Otro punto que destaca este portafolio es que el Peru tiene acuerdos comerciales vigentes que ayudan y facilitan la exportacion ya sea en la negocioacion de las barreras arancelarias y en posibilidades que nos permitien tener una mejor calidad de vida.

miércoles, 2 de diciembre de 2009

TLC CON EEUU


Contenido del Capítulo de Procedimientos Aduaneros
1.- Ámbito del Capítulo
El Capítulo se aplica a los procedimientos aduaneros de las Partes con la finalidad de facilitar el comercio, mejorar los tiempos de despacho, brindar mayor seguridad a los usuarios aduaneros y, a su vez mejorar el control de las aduanas focalizándolo en mercancías de alto riesgo.
2.- Contenido del Capítulo
􀂃 Publicación: Publicar y prepublicar, inclusive en Internet, todas las normas y regulaciones aduaneras de carácter general, con la finalidad que el público y los usuarios aduaneros conozcan las normas que rigen las operaciones y los procedimientos aduaneros.
􀂃 Despacho de mercancías: Las Partes deberán permitir el despacho de mercancías dentro de las 48 horas de llegada la mercancía.
Las Partes deberán permitir el despacho de mercancías sin obligar al traslado a depósitos aduaneros.
Las Partes deberán permitir el despacho de mercancías antes del cálculo de los derechos aduaneros a ser pagados.
􀂃 Automatización de Procesos: Para automatizar los procesos aduaneros y mejorar los sistemas informáticos, las Partes deberán:
- Usar estándares internacionales.
- Hacer accesible a los usuarios dichos sistemas.
- Permitir la presentación y el procesamiento de la información antes del arribo de la mercancía.
- Usar sistemas automatizados para manejo de riesgo (control de las mercancías).
- Trabajar para hacer compatibles los sistemas automatizados.
- Trabajar para desarrollar elementos comunes de conformidad con la Organización Mundial de Aduanas.
􀂃 Manejo de Riesgos (control de las mercancías al momento del ingreso): Las Partes deberán mantener sistemas de evaluación de riesgo que permitan concentrar sus procesos de evaluación y registro en mercancías de alto riesgo, simplificando el despacho de las de bajo riesgo.
􀂃 Cooperación Aduanera: Se ha acordado que las Partes deberán cooperar entre sí para luchar contra las actividades ilícitas. Las autoridades aduaneras cooperarán para lograr el cumplimiento de leyes y regulaciones respecto a:
- La implementación y operación de este Acuerdo
- La implementación y operación del Acuerdo de Valoración
- Restricciones o prohibiciones a las exportaciones
- Otros asuntos que las Partes puedan acordar
Cuando una Parte sospeche de una actividad ilegal, requerirá por escrito a la otra Parte que le proporcione información confidencial relacionada con la importación. Cada Parte se esforzará por proporcionar a la otra parte, información que ayude a determinar si las exportaciones cumplen con la legislación aduanera, en especial con aquellas relacionadas con prevención del contrabando.
􀂃 Confidencialidad de la Información: Cuando se solicite el envío de información confidencial, la Parte que solicita la información deberá garantizar que no la divulgará y la usará solo para los fines solicitados. Si esto no se garantiza, la Parte puede negarse a entregar la información. Asimismo, cada Parte adoptará procedimientos en donde el uso de la información confidencial no vaya a perjudicar la posición competitiva de las empresas.
􀂃 Envíos de entrega rápida: Cada Parte adoptará o mantendrá procedimientos de envíos de entrega rápida que:
- Establezcan un procedimiento expeditivo y separado.
- Permitan la presentación y el procesamiento de la información antes del arribo del envío de entrega rápida.
- Permitan el uso de un manifiesto único para cubrir todos los envíos de un container.
- Cuando sea posible, permitan el despacho de las mercancías con un mínimo de documentación.
- Bajo circunstancias normales, permitan el despacho de envíos de entrega rápida dentro de las 6 horas.
- No limiten por peso ni valor el uso de este sistema.
- Exoneren de derechos e impuestos a aquellas mercancías valorizadas hasta en US$ 200.
􀂃 Revisión y apelación: Las Partes se comprometen a permitir que los actos jurídicos (resoluciones, pronunciamientos oficiales, etc.) de aduanas puedan ser revisadas administrativa y judicialmente.
􀂃 Sanciones: Las Partes deben mantener procedimientos que permitan la imposición de sanciones civiles, administrativas y penales por incumplimiento de normas aduaneras.
􀂃 Resoluciones Anticipadas (Pronunciamientos oficiales de la autoridad previamente a la importación de la mercancía): Las Partes se comprometen a expedir Resoluciones anticipadas en materia de:
- Clasificación arancelaria.
- Aplicación de criterios de valoración.
- Aplicación de drawback o diferimientos arancelarios.
- Cumplimiento de las reglas de origen del Capítulo IV.
- Si una mercancía cumple como originaria luego de haber sido reparada o alterada en el exterior.
- Marcado de país de origen.
- Aplicación de cuotas.
Las resoluciones anticipadas deberán ser emitidas en un plazo no mayor a 150 días, siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos para su solicitud y entrarán en vigencia desde la fecha de su expedición u otra fecha señalada en la misma.
La Parte que expide una resolución anticipada puede modificarla o revocarla cuando se ha presentado información falsa o inexacta. Asimismo, manteniendo la debida confidencialidad cada Parte se asegurará que sus resoluciones anticipadas sean públicas.
Finalmente, si un solicitante provee información falsa u omite hechos relevantes, o no actúa conforme lo establece una resolución anticipada, se podrán aplicar sanciones civiles, penales, administrativas, monetarias u otras sanciones.
􀂃 Plazos de implementación de obligaciones: Las obligaciones de Perú bajo este Capítulo entrarán en vigor de la siguiente manera:
- Publicación de normas, Manejo de Riesgo (control de mercancías al momento del ingreso) y Envíos de entrega rápida, entrarán en vigor 2 años después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado.
- Automatización y Resoluciones Anticipadas entrarán en vigor 3 años después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado; y
- Despacho de Mercancías entrará en vigor 1 año después de la entrada
en vigor de este Tratado.
3.- Beneficios para el Perú
􀂃 Mantener procedimientos aduaneros de última generación que logren reducir de manera significativa los tiempos de despacho de mercancías
􀂃 Garantizar a nuestros exportadores tener reglas claras y específicas para exportar sus mercancías a los Estados Unidos.
Contribuir con la atracción de mayores inversiones nacionales y extranjeras, toda vez que los métodos de revisión de mercancías, la automatización aduanera, así como las garantías que se brindarán tanto al exportador como al importador, pondrán a nuestro país al nivel de los países industrializados y desarrollados en materia aduanera.
􀂃 Permitirá que las Partes mantengan mecanismos permanentes de absolución de consultas en materia aduanera, de manera tal que los usuarios puedan saber a ciencia cierta y en un muy breve plazo, cómo se aplicarán las normas derivadas del Tratado, así como las normas expedidas localmente.
􀂃 El TLC reconoce por primera vez los esfuerzos que hacen nuestros exportadores en materia de seguridad, en este sentido, Estados Unidos permitirá un despacho mucho más acelerado a aquellas exportaciones peruanas que demuestren haber seguido procesos y certificaciones de seguridad (BASC)
􀂃 El Capítulo incluye un nuevo procedimiento de exportación (envíos de entrega rápida) que permitirá fomentar las exportaciones de micro y pequeñas empresas, las cuales podrán utilizar este mecanismo para agenciar pedidos de importadores norteamericanos que verán despachadas las mercancías en un plazo no mayor a 6 horas.

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